ÁNGEL YÁGÜEZ, RICARDO DE
El criterio de la "imputación objetiva", como forma de ver y dar respuesta a los problemas de la tradicionalmente conocida como relación de causalidad, ha alcanzado (según luego veremos) notable éxito en la doctrina y en la jurisprudencia españolas (civiles) de los últimos veinte años.
Creo que puede afirmarse sin peligro de exageración que la Sala de lo civil del Tribunal Supremo (TS) ha acogido con "entusiasmo" tal criterio, en el intento de superar las insuficiencias de otras construcciones dogmáticas propuestas para solventar, precisamente, los problemas (o algunos de ellos) que siempre se han reconocido en el juicio de responsabilidad. La expresión misma de imputación objetiva tiene hoy una muy considerable presencia en nuestra jurisprudencia civil.