ARCOS VIEIRA, Mª LUISA
Con cierta frecuencia un paciente que recibe asistencia sanitaria resulta, contrariamente a lo pretendido, perjudicado por ella. Las infecciones asociadas a la asistencia sanitaria (IAS) son en todo el mundo uno de los principales eventos adversos o incidentes de los que resultan daños para los pacientes, junto con problemas de medicación, fallos técnicos, etc.
Las IAS constituyen un problema de alcance global con graves repercusiones en cuanto a morbilidad y mortalidad, aunque los efectos indeseables de este tipo de infecciones no se circunscriben al perjuicio de la salud de las personas afectadas (agravación de daños previos, secuelas, riesgos derivados de la necesidad de nuevos tratamientos o intervenciones, fallecimiento).
Las IAS además representan un creciente problema para la salud pública, debido al envejecimiento poblacional y a la resistencia que los microorganismos están generando frente a antimicrobianos, por tanto, cada vez menos eficaces; y suponen un elevado sacrificio económico: los costes directos por IAS en Europa se valoraron en 2008 en 7 billones de euros. Desde la perspectiva individual, los derechos del paciente contagiado de una infección durante la asistencia sanitaria plantean interrogantes de difícil respuesta.
La comprensible pretensión de una indemnización del daño sufrido obliga a razonar sobre si la IAS era o no previsible, si siendo previsable era evitable, y si siendo previsible y evitable debió ser evitada. Ello conjugado con las dudas en torno a la información que el paciente recibió y la que debiera haber recibido, y a su repercusión sobre una eventual indemnización.
Pero además es necesario tomar en consideración la objetivación de la responsabilidad de quienes parecen responder también de los daños causados por funcionamiento "normal" de un servicio como el sanitario; el alcance de ciertas exclusiones legales (fuerza mayor, riesgos del desarrollo); la distribución de la carga de la prueba y los expedientes correctores; las especiales complicaciones que plantea la determinación de la causa del daño; y la fecha a partir de la cual debe empezar a contabilizarse el plazo de prescripción.