BAYLOS GRAU, ANTONIO
La extinción del contrato por causas inherentes a la persona del trabajador no disciplinarias: enfermedad, incapacidad permanente e ineptitud. Nuevas tutelas de la enfermedad y la condición de salud.
El periodo de prueba. Una reforma necesaria.
La causa en el despido por incumplimiento y su modelo legal. Propuesta de revisión.
Requisitos formales del despido individual: la posibilidad de defensa del Convenio 158 OIT, la audiencia sindical y la nulidad del despido verbal o de hecho.
La prohibición de despedir en las directivas de conciliación, de transparencia, de represalia ante el informante. Los despidos que carezcan de causa según el ordenamiento jurídico.
Despido colectivo y requisitos formales. La deslocalización de empresas a terceros países.
Nulidad del despido: despidos discriminatorios o contrarios a los derechos fundamentales, supuestos de nulidad objetiva y despidos sin causa.
La improcedencia del despido y sus efectos. Algunos supuestos particulares.
La indemnización por despido improcedente, indemnizaciones adicionales y los salarios de tramitación.
La Fundación Io de mayo, como muchos de vosotros y vosotras ya conoceréis, la promovió la Confederación Sindical de CCOO a finales de los años ochenta del siglo pasado, para realizar estudios, elaborar informes, organizar encuentros, jomadas, seminarios, etc. alrededor del mundo del trabajo y con la finalidad de cualificar a las gentes del sindicato y a su acción colectiva.
En las fechas en las que aparece esta publicación hará tres años que el Congreso Confederal aprobó la fusión de todas las fundaciones todavía operativas, ISTAS y FOREM y la propia Io de Mayo y le asignó a la «nueva fundación la misión de participar e influir en el debate público.
El actual equipo de la fundación quiso inaugurar esta nueva etapa inspirándonos en lo mejor de las anteriores y abordando temas de la mayor trascendencia en la realidad presente, por eso nos dirigimos al amigo Antonio Baylos que, además de estar vinculado a la Fundación desde sus inicios y de ser uno de los más reputados Catedráticos de Derecho del Trabajo, había estado coordinando un grupo de magistrados y juristas en el pasado reciente.
El planteamiento era sencillo, queríamos volver a activar al citado grupo y se trataba de buscar el tema «de mayor trascendencia para hacerlo. Fue el propio Antonio el que sugirió que organizásemos un seminario sobre el Despido.
Tenía toda la lógica.
La Reforma Laboral que revirtió los contenidos y efectos de la de 2012 ha conseguido restablecer, en gran medida, el equilibrio entre las partes en las relaciones laborales y ha tenido efectos muy positivos en la conversión de empleos temporales en indefinidos, pero sorteó el tema del despido.
Era deseable y esperable que, si se conseguía dar una cierta estabilidad a la situación política, se pudiese volver sobre esta cuestión pendiente.
En cualquier caso, siempre es necesario disponer de un análisis en profundidad de la realidad presente de la institución del despido y de suficientes propuestas para abordar una línea de mejora respecto a la regulación presente.