PETRA M THOMAS PUIG
Dentro de la categoría de créditos contra la masa se agrupan una serie de créditos de distinta naturaleza que es preciso deslindar cuidadosamente, delimitando cada uno de ellos con claridad, máxime cuando la enumeración que de dichos créditos se contiene en la Ley Concursal no constituye numerus clausus, sino que se trata de una lista abierta que debe completarse con otros créditos a los que en elpropio texto normativo se les otorga la condición de créditos contra la masa.