DUGUIT, LÉON
El derecho público no es el conjunto de reglas que rigen las relaciones del Estado poder con sus individuos; es el conjunto de reglas establecidas en vista de la organización y de la gestión de los servicios públicos. La ley no es el mandato del Estado soberano: es el estatuto de un servicio o de un grupo. El acto administrativo no es tampoco ya el acto de una autoridad que ordena, sino el acto de un funcionario que gestione un servicio; es siempre un acto de gestión. Las diferencias a las cuales da lugar están en principio sometidas siempre al juicio de los mismos tribunales. Si el acto viola la ley, todo interesado puede demandar su anulación, no invocando un derecho subjetivo, sino en nombre de la legalidad violada. Como el derecho privado, el derecho público moderno descansa por entero en una concepción realista y socialista.