GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, MARÍA BELÉN
Agradecimientos 13
Prólogo 15
Introducción 33
Parte primera
LAS CLAVES DEL PROBLEMA
1. LA CONDICIÓN JURÍDICA DE SOCIO DE UNA SOCIEDAD DE CAPITAL 45
1.1. Primer significado 45
1.2. La prueba de la condición de socio 50
1.3. Posición jurídica del socio frente a la sociedad y derecho subjetivo 56
2. EL CAPITAL SOCIAL 64
2.1. El sistema del legal capital en nuestro Derecho societario 64
2.2. Las funciones atribuidas al capital social y su eficacia 70
3. LA INSOLVENCIA 81
3.1. El fracaso de las funciones del capital social y la insolvencia del Texto Refundido de la Ley Concursal 81
3.2. Repercusión del fracaso sobre la condición de socio 88
Parte segunda
LA UNIDAD PRODUCTIVA COMO VEHÍCULO DE TRANSMISIÓN
DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES (Y VICEVERSA, EN REALIDAD)
1. LOS PROCEDIMIENTOS PREVISTOS EN EL NUEVO TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL PARA EL TRATAMIENTO DE LA INSOLVENCIA 95
1.1. La ruptura del principio de unidad 95
1.2. Finalidad de los procedimientos y venta de una unidad productiva del deudor para conseguirla 100
1.3. El tipo de solución que aporta la venta de la unidad productiva 108
1.3.1. Algunas precisiones iniciales importantes 108
1.3.2. La solución que es la transmisión de la empresa 112
1.3.3. La solución que es la transmisión de la unidad productiva 122
2. LOCALIZACIÓN, FIJACIÓN Y VALORACIÓN DE UNIDADES PRODUCTIVAS 125
3. IDENTIFICACIÓN DE UNIDADES PRODUCTIVAS DEL DEUDOR PARA SU TRANSMISIÓN 136
3.1. Noción de unidad productiva 136
3.2. Alcance de las previsiones sobre la transmisión de la unidad productiva 144
4. LAS ACCIONES Y PARTICIPACIONES COMO PARTE DE LA UNIDAD PRODUCTIVA DEL DEUDOR 150
4.1. La naturaleza de las acciones y participaciones sociales como criterio para su exclusión 150
4.2. Transmisión indirecta de la unidad productiva 153
4.3. El interés del potencial adquirente como criterio para su inclusión 160
Parte tercera
RÉGIMEN DE LA TRANSMISIÓN DE ACCIONES
Y PARTICIPACIONES INCLUIDAS EN UNA UNIDAD PRODUCTIVA
1. PLANTEAMIENTO 167
2. EL RÉGIMEN SUSTANTIVO DE LA VENTA DE LA UNIDAD PRODUCTIVA EN EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL 169
2.1. Un régimen propio (inacabado e incompleto) para la transmisión de la unidad productiva 169
2.2. Reglas sustantivas sobre la transmisión de la unidad productiva 174
2.2.1. Sucesión de empresa sí, pero autonomía de la voluntad también 175
2.2.2. Subrogación automática en contratos, pero no en todos. Y ¿siempre? 179
2.2.3. Asunción de deuda no, aunque es posible 192
3. NO HAY SUCESIÓN UNIVERSAL EN LA TRANSMISIÓN DE LA UNIDAD PRODUCTIVA 197
4. LA CONVIVENCIA DE LAS REGLAS DE TRANSMISIÓN DE LA UNIDAD PRODUCTIVA CON EL RÉGIMEN DE TRANSMISIÓN DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIALES 206
4.1. Lo que resulta de aplicación cuando se incluyen acciones o participaciones sociales en la unidad productiva que se vende 206
4.2. El criterio que parece imponerse en los pronunciamientos judiciales. Los derechos de los socios son postergables 209
4.3. Puntos de partida cuestionables 218
4.3.1. ¿Cabe la subrogación forzosa en el contrato de sociedad? 218
4.3.2. ¿Qué es más especial, el Texto Refundido de la Ley Concursal o la Ley de Sociedades de Capital? 224
4.4. Otra opción, que salvaguarde los derechos del socio es, o debe ser, posible 231
Relación de jurisprudencia consultada 241
Bibliografía 245
La confluencia del Derecho de sociedades y del Derecho concursal en determinadas situaciones, como puede ser la de la venta de una unidad productiva que incorpore acciones o participaciones sociales, genera conflictos no siempre resueltos por el legislador y en los que los Jueces y Tribunales se ven compelidos, al interpretar las normas y tomar decisiones, por la necesidad coadyuvar en la pronta superación de la crisis de solvencia. El fin de salvaguardar o conservar la empresa justifica casi cualquier decisión que tomen, pero no todas ellas. En este trabajo se expone cómo un límite esencial de tal proceder lo constituyen los derechos de los terceros. Cuando la insolvencia afecta a uno de los socios de una sociedad, pero no al resto de ellos, ni a la propia sociedad, los consocios del deudor insolvente son eso, terceros. En consecuencia, todo lo que se deriva para ellos de la condición de socio -que ostentan en virtud de la titularidad de las acciones o participaciones sociales-, debe ser puntualmente respetado. Esa condición de socio habrá sido configurada por quienes integran la sociedad por medio de los estatutos sociales. A estos habrá que atenerse para llevar a cabo la transmisión de las acciones o participaciones del socio insolvente, aun incluidas en una unidad productiva. Para tratar esta cuestión, la autora aborda temas esenciales como el significado y el diseño de la condición de socio, las funciones del capital social, su relación con la insolvencia, la identificación de las unidades productivas del deudor, su régimen de transmisión y su convivencia con el régimen de transmisión de las acciones y participaciones sociales.