AMAADACHOU KADDUR FARAH
La presente obra aborda un tema de suma actualidad y entidad como es la prestación no contributiva del ingreso mínimo vital. El lector tiene ante sí una revisión completa y actualizada tanto desde el punto de vista técnico-jurídico como de política del Derecho. Para empezar, nos encontramos ante un contexto de desigualdades sociales creciente fraguado con el paso de los años y debido a la convergencia de una multiplicidad de factores. Esta situación se ha visto seriamente agudizada por la pandemia originada por la COVID-19 generando una profunda crisis de magnitudes impredecibles, lo que ha terminado demandando una recomposición urgente de la cohesión social. Esta situación exigía la puesta en marcha de una medida de garantía de ingresos de ámbito nacional, como el ingreso mínimo vital para tratar de mitigar los efectos de esta profunda crisis social. No obstante, hay que matizar que la prestación no es un fin en sí misma, sino una herramienta eficaz para facilitar la transición de aquellas personas que se encuentran en una situación de exclusión social hacia una situación en la que puedan desarrollarse con plenitud como parte integrante de la sociedad. Por consiguiente, el ingreso mínimo vital nace con un objetivo claramente definido: garantizar la participación plena de todo el conjunto de la ciudadanía en la vida social y económica, rompiendo de este modo el vínculo existente entre la ausencia estructural de recursos y la falta de acceso a oportunidades en los ámbitos social, laboral o educativo. Esta medida debe ser entendida como una parte indisoluble del derecho a una vida digna y como un valioso instrumento para la consecución de la integración social efectiva, cuya cobertura y protección trasciende la esfera individual o familiar, dado el impacto estructural que tiene en el conjunto de la sociedad. Su materialización culmina con la aprobación de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el IMV, en la que se introducen modificaciones sustanciales y mejoras aplicables desde su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2022.