PALOMA ARRABAL PLATERO
La legitimación constituye la relación de la parte con el objeto del proceso y, como tal, es una institución básica del Derecho procesal en tanto que dota de eficacia a los procesos judiciales que seinsten por las partes para la resolución de los conflictos que surgen en la aplicación material de las normas o en el ejercicio de los derechos. Y ello porque, aunque cualquier persona (física o jurídica) tiene garantizado el acceso a la tutela judicial, esta no será efectiva si el tribunal no resuelve frente a quien interesa o resuelve frente a quien no interesa.Con todo y con ello, en el ámbitoprocesal se ha destacado a la legitimación como una figura confusa. Ello responde a que es un concepto importado del ámbito material, aunque hoy por hoy es posible afirmar, sin ningún género de dudas,la plena autonomía de la legitimación procesal.