AZOFRA VEGAS, FERNANDO
ABREVIATURAS UTILIZADAS PRÓLOGO CAPÍTULO I. EVOLUCIÓN LEGISLATIVA 1. Introducción 2. Génesis legislativa 2.1. Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo 2.2. Ley 38/2011, de 10 de enero, de reforma de la Ley Concursal 2.3. Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización 2.4. Real Decreto-Ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial y Ley 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial 2.5. Real Decreto-Ley 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal y Ley 9/2015, de 25 de mayo, de medidas urgentes en materia concursal 2.6. Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social y Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social CAPÍTULO II. CONSIDERACIONES GENERALES 1. Consideraciones generales sobre los efectos de la homologación judicial de los acuerdos de refinanciación sobre los acreedores financieros 2. La imposición forzosa a los acreedores de pasivos financieros disidentes con garantía real 3. La homologación judicial de AR y los títulos hipotecarios 4. La eficacia transfronteriza de la homologación judicial de los AR 4.1. Tras la entrada en vigor del nuevo Reglamento (UE) 2015/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, sobre procedimientos de insolvencia 4.2. Antes de la entrada en vigor del nuevo Reglamento (UE) 2015/848, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, sobre procedimientos de insolvencia CAPÍTULO III. EL CARÁCTER NECESARIAMENTE PRECONCURSAL DE LA HOMOLOGACIÓN CAPÍTULO IV. REQUISITOS DE LA HOMOLOGACIÓN: GENERALIDADES 1. Los requisitos de la homologación 2. El requisito temporal CAPÍTULO V. REQUISITOS DE LA HOMOLOGACIÓN: LOS REQUISITOS MATERIALES 1. La ampliación significativa del crédito disponible del deudor o la modificación o extinción de sus obligaciones 2. La viabilidad empresarial 2.1. El carácter esencial de la viabilidad empresarial del deudor en el corto y medio plazo 2.2. Control jurisdiccional de la viabilidad empresarial al tiempo de la resolución de homologación 2.3. Control jurisdiccional de la viabilidad empresarial al tiempo de la impugnación de la homologación 3. Apreciación conjunta o integrada de los requisitos materiales del AR homologado CAPÍTULO VI. REQUISITOS DE LA HOMOLOGACIÓN: EL CÓMPUTO DEL 51% DEL PASIVO FINANCIERO 1. La mayoría del 51% del pasivo financiero y la innecesaridad de doble mayoría 2. AR de grupo: cómputo del 51% del pasivo financiero en base individual/consolidada 3. La referencia temporal del cómputo del 51% del pasivo financiero; conversión en euros y monetización 4. Cómputo sobre la totalidad del pasivo financiero (no sólo sobre el pasivo financiero afectado) 5. Cómputo de la mayoría del 51% del pasivo financiero: pasivo dispuesto o suma de disponible y dispuesto 6. Cómputo de la mayoría del 51% del pasivo financiero: créditos sujetos a condición suspensiva 7. El concepto de «acreedor de pasivo financiero» 8. Exclusiones generales del pasivo financiero: acreedores por créditos laborales, acreedores por operaciones comerciales y acreedores de derecho público 9. Partidas incluidas en el pasivo financiero 10. Exclusión especial del pasivo financiero: el pasivo financiero titularidad de «personas especialmente relacionada» 11. Exclusión especial del pasivo financiero: el pasivo financiero titularidad de «personas especialmente relacionada»; el caso de SAREB 12. Control de la exclusión de los pasivos de las «personas especialmente relacionadas» de los cómputos de las mayorías de la DA 4.ª 13. Cómputo de las mayorías respecto de los pasivos sujetos a un régimen o pacto de sindicación CAPÍTULO VII. LA EXTENSIÓN COACTIVA DE EFECTOS DEL AR HOMOLOGADO A LOS ACREEDORES FINANCIEROS DISIDENTES: «SACRIFICIO DESPROPORCIONADO» Y MAYORÍAS DE ARRASTRE 1. Aspectos generales: mayorías de «arrastre» e inexistencia de «sacrificio desproporcionado» 2. El «sacrificio desproporcionado» 2.1. Generalidades 2.2. Primer elemento de contraste: la expectativa de recuperación en la hipótesis de liquidación 2.3. Segundo elemento de contraste: homogéneo entre acreedores semejantes y trato proporcionado entre acreedores diferentes 2.4. Irrelevancia de las condiciones personales del acreedor financiero disidente 2.5. Subsunción de los elementos de contraste en la normativa preconcursal 2.6. La proporcionalidad entre la refinanciación que se pretende imponer y los fines del instituto preconcursal 2.7. Momento procesal relevante para la valoración del carácter proporcionado o desproporcionado del sacrificio 2.8. Consecuencias de la estimación del «carácter desproporcionado» del sacrificio impuesto al acreedor financiero disidente CAPÍTULO VIii. LA EXTENSIÓN COACTIVA DE EFECTOS DEL AR HOMOLOGADO A LOS ACREEDORES FINANCIEROS DISIDENTES DOTADOS DE GARANTÍA REAL: LA DETERMINACIÓN DEL VALOR DE LA GARANTÍA REAL Y EL CONCEPTO DE ACREEDOR REAL 1. Determinación del «valor de la garantía real» 1.1. Determinación normativa 1.2. Deducción de cargas preferentes 1.3. Tratamiento de las cargas simultáneas 1.4. Determinación del valor de la garantía en situaciones de proindiviso y de superposición de garantías 1.5. La determinación del «valor de la garantía» en el caso particular de las hipotecas flotantes 1.6. Valor razonable del bien o derecho sobre el que recae la garantía real 2. El concepto de «acreedor financiero real» a los efectos de la DA 4.ª 2.1. Generalidades 2.2. El caso particular del acreedor financiero dotado de garantías financieras CAPÍTULO IX. LAS HERRAMIENTAS DE REESTRUCTURACIÓN DEL PASIVO FINANCIERO 1. El carácter no exhaustivo de los efectos del apartado 3 da 4ª LC en general; el carácter exhaustivo respecto de los acreedores financieros disidentes 2. Medidas de reestructuración del pasivo financiero; ausencia de medidas de reestructuración del activo empresarial 3. Esperas por plazo no superior a cinco años o la conversión de deuda en préstamos participativos durante el mismo plazo [apartado 3 (a) DA 4.ª] 3.1. Esperas por plazo no superior a 5 años 3.2. Conversión de deuda en préstamos participativos por plazo no superior a 5 años 4. Esperas por plazo de cinco años o más, hasta 10 años [apartado 3 (b) 1.º DA 4.ª] 5. Quitas [apartado 3 (b) 2.º DA 4.ª] 6. Conversión de deuda en préstamos participativos por plazo de cinco años o más, hasta 10 años [apartado 3 (b) 4º DA 4.ª] 7. Capitalización de deuda [apartado 3 (b) 3º DA 4.ª] 7.1. El desapalancamiento empresarial como orientación programática: las medidas de fomento de la capitalización 7.2. Reducción de las mayorías legales para adoptar el acuerdo de aumento de capital para ejecutar una capitalización de deuda; declaración legal de vencimiento, liquidez y exigibilidad de los créditos a capitalizar y alternativa de quita para el acreedor financiero disidente 7.3. Excepción legal de la obligación de formulación de OPA obligatoria 7.4. Reclasificación del riesgo de los créditos refinanciados a efectos de las reglas de consumo de capital de las entidades de crédito 7.5. Protección frente a la subordinación concursal de los acreedores que capitalicen deuda 7.6. Responsabilidad concursal de los socios y administradores que obstruyen sin causa razonable la capitalización o conversión de deuda 8. Conversión de deuda en obligaciones convertibles o préstamos subordinados, en préstamos con intereses capitalizables, o en cualquier otro instrumento financiero de rango, vencimiento o características distintas de la deuda original [apartado 3 (b) 4º DA 4.ª] 8.1. Inexistencia de un límite temporal máximo de 10 años para las obligaciones convertibles, los préstamos subordinados, los préstamos con intereses capitalizables o los instrumentos de rango, vencimiento o características distintas de la deuda original 8.2. Conversión de la deuda en obligaciones convertibles 8.3. Conversión de la deuda en deuda subordinada 8.4. Conversión de la deuda en cualquier instrumento financiero de rango, vencimiento o características diferentes 9. Dación en pago total o parcial [apartado 3 (b) 5º DA 4.ª] 9.1. La inadmisión de la dación para pago 9.2. El valor solutorio del bien o derecho entregado 9.3. La imposición de la dación en pago al acreedor financiero disidente cuando el bien o derecho entregado se encuentra gravado 9.4. La dación en pago de bienes necesarios para la continuidad de la actividad; los AR sólo de cesión CAPÍTULO X. SOLICITUD Y ADMISIÓN A TRÁMITE 1. Solicitud de homologación judicial del AR 2. Admisión a trámite de la solicitud de homologación y publicidad 2.1. Admisión a trámite 2.2. Publicidad de la providencia de admisión 3. Efecto automático de la admisión a trámite de la homologación: la paralización de ejecuciones singulares 3.1. Paralización automática de ejecuciones singulares: sujetos afectados 3.2. Carácter necesario de la paralización de ejecuciones singulares 3.3. ¿Paralización de ejecuciones singulares no iniciadas y suspensión de las iniciadas? 3.4. Horizonte temporal de la paralización de ejecuciones singulares de la providencia de admisión 3.5. Bienes o derechos objeto de paralización 3.6. Inexistencia de otros efectos sobre el patrimonio del deudor CAPÍTULO XI. LA RESOLUCIÓN JUDICIAL DE HOMOLOGACIÓN 1. La naturaleza procesal de la homologación de AR 2. La resolución judicial de homologación 3. ¿Auto o sentencia? 4. El plazo para la resolución judicial de la homologación de AR y su publicidad 4.1. El plazo para la homologación 4.2. Publicidad de la homologación 5. La paralización de las ejecuciones singulares por los acreedores afectados por la homologación 6. Efectos de la homologación sobre deudores solidarios, fiadores o avalistas del deudor 7. Efectos de la homologación sobre embargos existentes CAPÍTULO XII. LA IMPUGNACIÓN DE LA HOMOLOGACIÓN 1. Legitimación activa y legitimación pasiva de la impugnación 1.1. Legitimación activa 1.2. Legitimación pasiva 2. La base de la impugnación de la homologación 3. Tramitación de la impugnación 4. Resolución judicial y efectos CAPÍTULO XIii. INEFICACIA SOBREVENIDA DE UN AR HOMOLOGADO JUDICIALMENTE 1. La declaración judicial de incumplimiento del AR homologado 2. La declaración judicial de incumplimiento del AR homologado y la declaración de concurso 3. La declaración judicial de incumplimiento del AR homologado y el inicio de ejecuciones singulares 3.1. El carácter forzosamente anterior de la declaración judicial de incumplimiento del AR homologado para la ejecución 3.2. Los efectos de la declaración judicial de incumplimiento del AR homologado; el derecho del acreedor real a exonerarse de los efectos novatorios del AR homologado si cuenta con garantías reales suficientes CAPÍTULO XiV. EL BLINDAJE DEL AR HOMOLOGADO 1. Protección del AR homologado frente a la rescisión concursal 2. Protección del AR homologado frente a otras causas de rescisión 3. Extensión del blindaje de los AR homologados a los negocios, actos y pagos de ejecución 4. Rescisión de un AR homologado que no cumplía los requisitos legales CAPÍTULO XV. LA REFINANCIACIÓN DE UN CONVENIO A TRAVÉS DE LA DA 4. LC 1. El «reconvenio» 2. La refinanciación del convenio BIBLIOGRAFÍA
La presente monografía aborda el estudio del instituto preconcursal de la homologación judicial de acuerdos de refinanciación contemplado en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley Concursal, tras las importantes reformas de los años 2014 y 2015. El autor se adentra en la exégesis de la nueva normativa que incorporó una tesis ciertamente revolucionaria en nuestro sistema jurídico, al permitir la imposición coactiva a acreedores disidentes de los efectos jurídicos de determinados acuerdos de refinanciación alcanzados por un deudor en la vecindad de la insolvencia y un grupo mayoritario de sus acreedores financieros, incluso cuando el acreedor disidente o no participante en dicho acuerdo de refinanciación gozara de garantías reales. La nueva orientación legal descansa en el concepto nuclear del «valor de la garantía real», elemento que permite discriminar qué parte del crédito garantizado rebasa el valor de la garantía (la parte «descubierta» del crédito que va a ser tratada, a estos efectos, como un crédito no garantizado) y qué parte no excede de dicho valor (o parte «cubierta», que va a ser tratada como crédito garantizado propiamente dicho). Así, con el apoyo de determinadas mayorías de acreedores financieros, va a ser posible imponer al acreedor financiero disidente los efectos pactados en el acuerdo de refinanciación tanto respecto de su crédito «descubierto», como respecto del crédito «cubierto», salvo que se justifique el carácter desproporcionado del sacrificio que ello supone para el acreedor disidente. Tras compilar la experiencia judicial y extrajudicial reciente, las opiniones doctrinales sobre el nuevo régimen, los elementos de derecho europeo y comparado relevantes y los antecedentes legislativos y pre-legislativos del expediente, se proponen ingeniosas soluciones para las lagunas legales identificadas, y explicaciones detalladas en torno a los objetivos programáticos, los requisitos, las servidumbres o limitaciones y la mecánica de funcionamiento de la homologación judicial de acuerdos de refinanciación. Es un estudio omnicomprensivo de esta figura preconcursal.