FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ, JUAN JOSÉ
La idea de una cláusula social irrumpe en la globalización reclamando un espacio para los derechos sociales dentro de la libre actividad económica mundial. Fracasado el intento de hacerlo a través de una norma universal, y con sólo expresiones provenientes de la UE, Estados Unidos y convenios bi o multilaterales, la OIT vuelca sus esfuerzos (en colaboración más o menos fructífera con organizaciones internacionales y sujetos no-gubernamentales) para conseguir este objetivo a través de una RSE cuya validez debe quedar medida por sus resultados, manteniendo las virtudes de sus expresiones clásicas (etiquetado social o códigos de conducta), pero corrigiendo alguno de sus problemas, como la convivencia con los convenios colectivos o, sobre todo, la insatisfactoria verificación de su cumplimiento.
En este panorama van haciéndose hueco los AMI, como experiencia más avanzada de RSE en tanto acuerdos negociados con la contraparte sindical con un contenido más completo y procedimientos paritarios de implementación, supervisión y corrección, para dar a luz un instrumento de naturaleza jurídica y funcionalidad que anticipan una evolución evidente.